El contrato de trabajo de una empleada de hogar se puede extinguir de 2 formas, por Despido Disciplinario, o por Desistimiento.

Para que la extinción del contrato sea válida, no se puede despedir a una empleada de hogar interna entre las 17 horas y las 8 horas del día siguiente.

¿Cuándo se puede considerar un despido disciplinario?

Las causas para la extinción del contrato están en el artículo 54 del Estatuto de los trabajadores, entre ellas citamos:

  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Transgresión de la buena fe contractual, y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  • La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal, o pactado.

El empleador tiene que comunicar por escrito a la empleada de hogar, las causas por las que la despide disciplinariamente y declara la extinción del contrato.  Deben ser causas demostrables ya que en el despido disciplinario de la empleada de hogar la carga de la prueba recae sobre el empleador.

¿Cómo se puede despedir a una empleada de hogar por desistimiento?

El empleador deberá comunicar por escrito a su empleada de hogar, de una forma clara e inequívoca, su voluntad de dar por finalizada la relación laboral por esta causa.

Tiene que preavisarla con 7 días (si lleva trabajando menos de 1 año) o con 20 días (si es más de 1 año). La Ley permite ampliar estos plazos, por mutuo acuerdo entre las partes.

El empleador puede sustituir el preaviso por una indemnización de la empleada de hogar equivalente a los salarios de dicho periodo, que se abonarán íntegramente en metálico.

Durante el preaviso de la extinción del contrato, las empleadas de hogar a jornada completa tendrán derecho, sin pérdida de retribución, a una licencia de 6 horas semanales para buscar nuevo empleo.

¿Si el empleador desiste de la empleada de hogar le tiene dar alguna indemnización?

Si, simultáneamente a la comunicación escrita de la extinción del contrato y con ello la relación laboral, el empleador deberá poner a disposición de la trabajadora de hogar una indemnización, que se abonará íntegramente en metálico.

La cuantía de esta indemnización de la empleada de hogar por extinción del contrato  es de 12 días naturales de salario por año de servicio. Si la relación laboral se inició antes del 1.1.2012, los años anteriores se computarán a 7 días de salario por año.

ATENCIÓN porque el no cumplimiento de alguno de estos requisitos convertirían el desistimiento en un despido improcedente, y la indemnización pasaría a ser de 20 días por año en lugar de 12.

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