Este año 2017 ha comenzado con la aplicación efectiva del incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que, unido a la recientemente publicación de las nuevas bases de cotización a la Seguridad Social de Empelados de Hogar, plantea un nuevo panorama salarial para las empleadas del hogar. ¿Sabes cómo te afecta?
Como en cualquier trabajo, empleador y empleado deben pactar un sueldo antes de firmar el contrato. Para regular estos sueldos, todos los trabajadores están amparados por convenios y regulaciones laborales. En el caso de las empleadas de hogar, existe una diferenciación recogida en el Régimen General de la Seguridad Social.
Respecto al salario base de las empleadas de hogar, no existe cantidad fijada por convenio por lo que se toma de referencia el Salario Mínimo Interprofesional.
El 2 de diciembre del pasado año, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social aprobó una subida del 8% en el Salario Mínimo Interprofesional para este año, que implica una subida de 52,04 euros al mes, pasando de los 655,20 euros en 2016 a los 707,60 euros mensuales este año en 14 pagas, 9.907,80 euros netos anuales para las empleadas que trabajen jornada completa, es decir, 40 horas de trabajo.
El salario de mercado para empleadas de hogar a jornada completa es superior al SMI en todos los casos, (habrá excepciones, pero no conocemos ninguna), por lo que esta medida no afecta al salario de las empleadas de hogar a jornada completa.
Para las empleadas de hogar a jornada parcial, esta medida apenas les afecta ya que también suelen ganar más que el Salario Mínimo Interprofesional. No obstante entre estos perfiles existe mayor competencia y sí que existen empleadas de hogar externas trabajando por salarios más moderados, cercanos al Salario Mínimo Interprofesional.
En conclusión, salvo contadísimas excepciones, la subida del Salario Mínimo Interprofesional no ha encarecido los salarios que los empleadores deben pagar a sus empleados de hogar, y el motivo es que los buenos empleados de hogar son trabajadores muy demandados, y resultan escasos y exigentes. Esa fuerte demanda de trabajo doméstico (familias que desean contratar a una empleada de hogar) enfrentada a una oferta no tan nutrida (no hay tantos trabajadores domésticos como necesitamos), es el propio mercado laboral se encarga de mantener unos salarios superiores al Salario Mínimo Interprofesional, y con tendencia al alza.
Por el contrario, la subida del Salario Mínimo Interprofesional, sí ha tenido repercusiones en los costes sociales para el empleador de una empleada de hogar, ya que desde el pasado mes de marzo, al publicar el Ministerio de Empleo las nuevas tablas, las cotizaciones sociales para cabezas de familia se han incrementado.
Nuevas bases de cotización de la Seguridad Social (para las empleadas de hogar)
Este cambio en el Salario Mínimo Interprofesional afecta a los importes mínimos y máximos de cada tramo de los sueldos, incrementándolo.
Asimismo, también han subido los porcentajes de contribución sobre las bases de cotización de la Seguridad Social. En 2016 la cuota del empleador era del 21,35% y la de la empleada de hogar del 4,25%. En 2017 es del 22,10 y el 4,40% respectivamente.
Para la cotización por contingencias profesionales se aplicará el 1,10% a cargo exclusivamente del empleador.
Y como resultado de ello, se produce una subida del 10% en algunas cuotas de la Seguridad Social respecto al año anterior.
Los cálculos, que realiza la Tesorería General de la Seguridad Social para calcular las cuotas de la Seguridad Social de las empleadas del hogar, se realizan aplicando unas tablas que relacionan el salario percibido con las cuotas que pagan las familias. Esta relación no es directa sino que se establece por tramos.
En este sentido, con la actualización realizada, las empleadas de hogar pueden ver aumentadas o reducidas sus bases de cotización para la Seguridad Social a pesar de estar percibiendo el mismo salario que en 2016.
Puedes ver cómo quedan fijadas las bases de cotización de las empleadas de hogar en la «tabla de cotizaciones de la seguridad social 2017» de CasaLista.
Estas modificaciones han causado controversia, la Confederación General del Trabajo (CGT) ha resaltado la problemática que puede causar estas modificaciones y, por su parte, señalan que este Régimen Especial es utilizado en gran medida por personas mayores que han visto incrementada su pensión en tan solo el 0,25% mientras que la mayoría de las cuotas a pagar se han incrementado un 11,62%.
Además, la CGT no encuentra el sentido diferenciador en las bonificaciones para estos colectivos que son muy inferiores a las aplicadas en otros colectivos.
Hay que resaltar que las bonificaciones se mantienen:
- El 20% para todas las altas
- El 25% adicional para las familias numerosas
Los trámites en la Seguridad Social no varían en el fondo pero sí en la forma
Los trámites de afiliaciones, altas, bajas y variación de datos ante la Seguridad Social, de momento, mantienen el mismo procedimiento así como los mismos formularios y documentación precisos para realizar esos trámites presencialmente en una oficina de la Seguridad Social.
Además el Ministerio de Empleo acaba de ampliar la Sede Electrónica de la Seguridad Social, permitiendo que cada empleador, que cuente con un certificado electrónico para identificarse pueda realizar el trámite personalmente on-line, o delegar en un gestor para que éste se lo realice en su nombre.
Ampliaremos estas novedades en un próximo artículo. Están implementadas hace escasos días y todavía están planteando algún problema operativo, pero desde la Subdirección General de Afiliación, Cotización y Gestión del sistema Red, con quienes hemos mantenido una reunión el pasado martes 4 de abril, a través de la Asociación Nacional de Agencias de Colocación, nos aseguran que las incidencias se están solventando y se está haciendo un esfuerzo por que todas las oficinas de la Seguridad Social de España incorporen las novedades en el procedimiento on-line, para que puedan informar a los usuarios y para que actúen con uniformidad en las todas las diferentes provincias.
Las gestoras de CasaLista pueden informarte y asesorarte en tu caso particular así como ayudarte en todas las gestiones que necesites realizar con la Seguridad Social.